*Dinero fiduciario:
Dinero que no basa su valor en la existencia de una contrapartida en oro o cualquier otro valor, ni en su valor intrínseco, sino en el crédito y la confianza que inspira.
*Dinero legal:
Recibe este nombre, el dinero al que el Estado confiere poder liberatorio pleno o limitado (moneda fraccionaria). La moneda de pleno contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy, el dinero legal de un país.
*Dinero bancario:
Es el dinero creado por los bancos comerciales, por medio de los depósitos de sus clientes, que al emitir cheques (o realizar transferencias) para disponer de sus saldos, crean nuevos medios de pago.
Este dinero puede adoptar, básicamente, dos formas:
a) Dinero a la vista: en donde el cliente titular del dinero puede exigir, en cualquier momento, la devolución total o parcial de la cantidad depositada en un Banco;
b) Dinero a plazo: en donde el cliente sólo puede pedir la devolución de las sumas depositadas después de transcurrido el término fijado en la imposición.
El dinero bancario cumple en las economías modernas las mismas funciones que el dinero legal (véase) y es aceptado universalmente en los intercambios.
El dinero bancario tiene las mismas posibilidades funcionales que el dinero legal y sus efectos jurídicos son similares a los propios del denominado dinero en sentido estricto o dinero legal.
Ahora tengo mucho más claro las clases de dinero, el esquema me sirve de ayuda.
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